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Nuevo precedente en ejecución de cuotas alimentarias mediante servicios públicos

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Un fallo judicial sin precedentes en la provincia de Santa Fe dispuso que la Empresa Provincial de la Energía (EPE) debe incorporar en la factura del servicio eléctrico el monto de una cuota alimentaria adeudada por un progenitor moroso, como forma de garantizar su cobro. La resolución fue dictada por la jueza de Familia Andrea Brunetti, quien fundamentó su decisión en el interés superior del niño y en las facultades que le otorga el Código Civil y Comercial de la Nación para establecer medidas razonables que aseguren la eficacia de las medidas alimentarias.

Medida inédita y estrategia judicial

La magistrada ordenó que la EPE actúe como agente de retención, añadiendo a la boleta mensual del servicio eléctrico el monto que el deudor alimentario no cumplió durante reiterados incumplimientos en el pago de la cuota fijada judicialmente. Este mecanismo busca que el deudor, ante la posibilidad de un corte de suministro por falta de pago de la factura completa, priorice el cumplimiento de su obligación alimentaria.

La directora de la medida explicó que las herramientas tradicionales —como la inscripción del deudor en registros especiales, la suspensión de la licencia de conducir o la prohibición de salida del país— no lograron revertir la conducta del alimentante. En este contexto, la inclusión de la deuda en un servicio esencial fue considerada como un mecanismo coercitivo adecuado para asegurar el cumplimiento.

La jueza Brunetti basó su resolución en el artículo 553 del Código Civil y Comercial, que faculta a los tribunales a dictar “medidas razonables” para garantizar la efectividad de las resoluciones en materia alimentaria, privilegiando el derecho humano fundamental de los menores a recibir alimentación y cuidado.

Naturaleza y aplicación de la resolución

La orden judicial no implica una sanción penal, sino que se trata de una medida de ejecución forzada de la sentencia alimentaria, con carácter accesorio a la obligación principal. La EPE debe coordinar cómo articulará técnicamente la inclusión del monto de la deuda en la boleta de luz del demandado, aunque la obligación principal del padre deudor sigue siendo la deuda alimentaria establecida por sentencia.

Este tipo de medidas coercitivas cuentan con antecedentes en otras jurisdicciones del país, aunque resulta novedoso en Santa Fe su aplicación al servicio eléctrico. En casos anteriores, también se recurrió a mecanismos atípicos —como prohibiciones de determinados permisos o restricciones de actividades— para impulsar el cumplimiento de deudas alimentarias cuando las vías tradicionales no resultaron eficaces.

Debate y perspectiva judicial

La decisión refuerza la tendencia jurisprudencial de buscar mecanismos efectivos para asegurar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias, consideradas por los tribunales como derechos fundamentales de los menores. A partir de esta resolución, se abre un debate sobre el alcance de las medidas ejecutivas que pueden imponerse a deudores alimentarios, especialmente cuando otras sanciones no lograron revertir la falta de pago.